JUBILADOS: DISCRIMINACIÓN PERVERSA

Jubilados

Escribir un primer comentario en el blog es un dilema. La temática actual en aspectos políticos, sociales, económicos, deportivos, etc., es muy amplia.  El tema elegido para el debut, merece una confidencia. Escríbí unas consideraciones sobre el mismo hace ya casi un año y lo envié a varios medios gráficos del país, de las más diversas ideologías y posiciones. Por supuesto, no pretendía que se publique, sino que el tema sea tratado. Resultado a la fecha: negativo. 

 Este fue uno de los motivos, no el principal, que me predispuso a tener un blog, para poder expresar mi opinión, sin depender de nadie. Pero fundamentalmente es un homenaje a la gran legión de sufridos jubilados *, que pese a los “achaques” propios de la edad, tienen el suficiente valor para pelear por sus derechos, teniendo como bandera, la más importante cualidad humana: la dignidad.   

* Menos uno (1). Soy jubilado con un haber que era importante, hoy devaluado. Pero he tenido la suerte, de poder ejercer y seguir ejerciendo la profesión independiente en la actividad privada.

Ahora sí el post:

 Un precepto constitucional indestructible expresa que “todos los ciudadanos son iguales ante la ley”. Aunque es obvio, no significa que todas las personas son iguales. Por el contrario, los altos o bajos, los blancos o negros, los ateos o los religiosos, los varones o las mujeres, los pobres o los millonarios, los heterosexuales o los homosexuales, etc., tienen características distintas, pero ante la ley son iguales. 

Sin embargo ello no se cumple. Pongamos uno de los varios casos que la realidad muestra  en nuestro país: todos los jubilados. Los que ganan el haber mínimo, los que  ganan más del mínimo y hasta $ 1.000 y  los que ganan más de $ 1.000.                       

Los segundos desde el año 1992, tuvieron un aumento del 10 % (año 2004) el 11% en 2006 y el próximo del 13% que rige a partir de 2007. Los terceros únicamente tuvieron un incremento del 11% a partir de Junio de 2006 y el 13% para el 2007.            

 El costo de vida, desde la devaluación se incrementó en más del 90%. Por lo tanto el poder adquisitivo de estos jubilados se deterioró significativamente.                                    

 A todos los trabajadores en actividad (incluídos funcionarios de todos los poderes) les aumentaron sus haberes en porcentajes similares al deterioro del poder adquisitivo e inclusive la jubilación mínima creció en valores superiores al deterioro mencionado (sin embargo $ 530 es denigrante). Todo muy bien, ¿pero que pasa con los jubilados que cobran más del mínimo y sobretodo  los que cobran  más de $ 1.000 ?     

 Los jubilados que cobran más de $ 1.000 son poco más de 300.000. De estos, los que cobran más de $ 3.100 deben ser aproximadamente 20.000 o menos. No se habla de jubilaciones de privilegio, sino de jubilaciones “altas” (en realidad eran altas), pero con aportes también altos y que en estricto cumplimiento legal fueron consideradas jubilaciones ordinarias. Estos jubilados, si bien cobran sumas importantes, son más discriminados y no considerados iguales ante la ley con respecto a todos los otros ciudadanos.            

 En efecto, el inciso 2 del artículo 9 de la ley 24.463, fija un descuento progresivo a los jubilados que cobran más de $ 3.100 y que se superpone al descuento que se les hace por el impuesto a las Ganancias a todos los trabajadores en actividad o jubilados. Para colmo, los valores mínimos no imponibles del impuesto a las ganancias fueron elevados en el 2006  y se acaba de concretar otro incremento de esos mínimos, pero del descuento extra del artículo 9 no se habla nada. Sigue vigente la escala inventada por Menem – Cavallo y modificada por De la Rua – Machinea. 

 Lo que corresponde lisa y llanamente es su eliminación, ya que el pretexto esgrimido en oportunidad del dictado de la ley 24.463 era la emergencia previsional, que hoy no existe. En efecto, ello se demuestra solamente mencionando dos aspectos de los varios que existen: el superávit de las cuentas públicas previsionales y el “manchancho” de jubilaciones a gente que nunca aportó, o aportó parcialmente. Justamente esta medida beneficia, en ese universo, a un porcentaje elevado de personas que no necesitaban ese regalo ya que pasan por situaciones económicas holgadas. Si hubieran sido únicamente otorgadas a personas que realmente lo necesitaban, lo dispuesto hubiera sido inobjetable, pero ello no fue así. Además, otro aspecto: la ANSES presta al Gobierno sumas importantes de dinero a tasas más bajas que las del mercado. Todo ello demuestra que la emergencia provisional no existe.  

Otra discriminación más para los pasivos: no se cumple con la movilidad especificada en la Constitución. Al respecto, funcionarios del gobierno, subestiman a los jubilados, declarando que el aumento del 13 % cumplimenta el fallo de la Corte Suprema de Agosto de 2006 sobre movilidad. Si bien tenemos edad avanzada, y algunos están enfermos, nos damos cuenta perfectamente de la inequidad y falsedad de las mismas. Como se puede confiar en funcionarios y políticos, que en general, en su momento, apoyaron las leyes previsionales de Menem y Cavallo y hoy las denigran, aunque en declaraciones, ya que la realidad indica que cambiaron algo, pero nada de fondo. En un fallo de marzo de 2007, la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social aceptó como movilidad ese 13 % para el año 2007, pero decidió que previamente se ajusten los haberes jubilatorios en un 26,48 % entre los años 1995 y 1997 y en un 91,5 % entre los años 2002 y 2006, porcentajes que corresponden al índice del nivel general de remuneraciones en esos periodos. Por supuesto el Gobierno apelará ese fallo.            

¿Cuál es la causa por la que el poder político no le interesa solucionar esos problemas de los jubilados?  Pueden existir varias hipótesis, pero la que más encaja, es la siguiente: La inmensa masa de los jubilados, no vota, ya sea por la edad,  o por que a partir de los 70 años están exceptuados, o por que están desilusionados de los políticos, etc. Por lo tanto, estos votos no son atractivos para el gobierno, desde el punto de vista cuantitativo. Por otra parte, éste (el gobierno) piensa: los jubilados no están sindicalizados y deducen, no tienen prácticamente poder de convocatoria, como para reunirse y cortar calles y puentes. Por lo tanto no molestan. Además, inclusive, algunas mentes, que valorizan el valor financiero sobre el humano, pensarán: cada día que pasa mejor, existen menos jubilados. De todos modos, no creo que la maldad llegue a tanto, pero los hechos y la realidad indican que ello es posible. 

No hay impedimentos económicos financieros para aplicar la ley a todos los jubilados, fijando inclusive que la jubilación mínima sea el 82 % del salario mínimo actualizado y que se sitúe por encima del valor que define a la pobreza. En efecto, como ya se expresara, los recursos de la previsión social son suficientes y si así no fuera los recursos generales de la nación son extraordinarios, ya que el mismo Gobierno así lo expresa: hay un plan de obras públicas importante, se dan subsidios a diestra y siniestra a sectores que en general no lo necesitan, etc., etc..  

Además, la evasión provisional es superior al 40% y es una obligación del estado disminuirla significativamente. Si así fuera, se contaría con un recurso valioso para que los jubilados vean satisfechas sus necesidades.    

Hoy, el único y obligado camino que queda a los jubilados es iniciar acciones judiciales, con la consiguiente larguísima espera y el pago de los honorarios a los abogados patrocinantes. 

Existe una esperanza en el tema movilidad. A partir del fallo de la Corte, esta cuestión se ha puesto en el tapete. Hasta ese momento solamente algunos pocos políticos se habían ocupado del mismo y de todo lo referente a los jubilados. Hasta los medios de comunicación empiezan a tratar el tema, aunque solo muy pocos a fondo. Se aproximan las elecciones, y si bien los votos de los jubilados son pocos, entre todos suman más de 3.000.000. Y si todos los jubilados van a votar, esa cantidad de votos podría definir una elección. Ya que no solo lo harían los que cobran más de la mínima, sino también estos, que si bien tuvieron con este gobierno incrementos significativos, aún el monto está lejos de ser considerado digno. De todos modos, ante la pasividad del Ejecutivo, la Corte tendrá que tomar una decisión en la materia.   

Con respecto al tema del descuento del artículo 9 de la ley 24.463, nadie habla del tema y aquí casi no existe esperanza, ya que estos pocos jubilados están a la buena de Dios.                              

Sin embargo constitucionalmente corresponde que se solucionen a la brevedad ambos temas (movilidad y descuento extra). Si no fuera así, se seguiría con una política netamente confiscatoria para los jubilados, que merecen que se respeten sus derechos, hoy no vigentes y continuaría indemne una discriminación perversa.

 

5 Respuestas a “JUBILADOS: DISCRIMINACIÓN PERVERSA

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  2. He leido que en la resolucion 6/09, creo que en su artículo 3º, se derogan los descuentos establecidos por la 24463 y se establece un descuento del 15% en la suma que excede los 5600 $.Mi pregunta es eso se aplicará a los futuros jubilados o tambien a los actuales que sufren los descuentos por dicha ley?
    gracias

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